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Quien quiera ser MP no debe ser deudor alimentario: Rocha Amaro

La presente iniciativa, es parte de una serie de propuestas que vienen de un reclamo social, en atención al cumplimiento en la armonización correspondiente en materia de obligaciones alimentarias, y que, personalmente me ha tocado atender a través de grupos de mujeres organizadas que han acudido ante nosotros para que se plasme en las leyes correspondientes como es debido.

Los derechos alimentarios, son prerrogativas que tienen las personas derivado de su estado de necesidad, otorgadas con la finalidad de que les sea suministrado todo aquello que les es requerido para sobrevivir y desarrollarse con dignidad y calidad de vida, por lo que la actual propuesta va encaminada a propiciar que el servicio público, más precisamente por quienes realizan las funciones de ministerio público, se garantice la prestación de dichas prerrogativas y propicie la seguridad alimentaria de nuestra sociedad.

Todo agente del ministerio público es representante directo de las víctimas de toda acción antijurídica, pero también es representante inmediato de la sociedad ante la autoridad jurisdiccional.

Además de lo anterior, en materia familiar se convierte en un vigilante de los derechos de las personas involucradas en cada procedimiento, particularmente de los menores de edad, así como de aquellos que se encuentren ausentes.

Según el documento “Orígenes del Ministerio Público”, que se puede revisar en páginas oficiales del Gobierno de México, el Ministerio Público surge como instrumento para la persecución del delito ante los tribunales, en calidad de agente social. De ahí que se le denomine representante social.

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